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4 de julio de 2016

Gobernadora María Victoria Rodríguez encabezó desfile en honor a los 165 años de Bomberos de Chile

Con una masiva participación de la comunidad andina se llevó a cabo el desfile en honor al 165° aniversario de Bomberos de Chile en la plaza de armas de Los Andes, lugar a la que acudieron voluntarios de las compañías que operan en Los Andes y Calle Larga.

La ceremonia estuvo encabezada por la gobernadora provincial de Los Andes, María Victoria Rodríguez y el Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Los Andes, Enrique Muñoz, y contó con la presencia del alcalde de la comuna de Calle Larga, Nelson Venegas. Las autoridades felicitaron y destacaron a los bomberos voluntarios por trayectoria y labor.

Bomberos de Chile se fundó el 30 de junio de 1851, día en que, en Valparaíso, se fundó el primer Cuerpo de Bomberos. Posteriormente, en 1886, se fundó el Cuerpo de Bomberos de Los Andes gracias a una iniciativa del gobernador de la época Darío Risopatrón Cañas.

El Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Los Andes, Enrique Muñoz, manifestó que los bomberos voluntarios de la provincia son ejemplo de lucha y trabajo abnegado, motivado por la preocupación por la vida y seguridad de los vecinos y vecinas del territorio, en el combate de diversos siniestros e impulsando un trabajo en equipo admirable.

Muñoz saludó y agradeció a todas las compañías que operan en la provincia, junto con el apoyo de los municipios de la provincia de Los Andes y de la Gobernación Provincial, a través de instancias que enriquecen su noble labor.

En tanto, la gobernadora provincial de Los Andes, María Victoria Rodríguez, señaló que para el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet Bomberos de Chile es una institución que merece todo el respeto y admiración de los habitantes de nuestro país, por lo que, ante ello, se promulgaron las leyes que favorecen su labor a través de la eximición de pago de peaje y estableciendo que los voluntarios de bomberos estarán facultados para acudir a llamados de emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral, y que esta salida no se podrá considerar intempestiva para efectos del Código del Trabajo o del Estatuto Administrativo.

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